Ecuador: Supercom sanciona a otro canal de TV
La Superintendencia de Comunicación (Supercom), de acuerdo con las atribuciones contempladas en el artículo 56 de la Ley de Comunicación (LOC), sancionó a ‘Mitad del Mundo TV, Cayambe Visión Canal Nueve’ con una multa de 4 remuneraciones básicas mínimas unificadas del trabajador en general por haber infringido el artículo 28 de la LOC.
La norma señala que “toda persona que se sienta afectada por informaciones de un medio de comunicación podrá solicitar fundadamente copias de los programas o publicaciones”, pedido que deberá ser atendido favorablemente por los medios de comunicación “en un término no mayor a 3 días”.
La resolución de la Supercom dispone que el valor de la multa sea depositado o transferido a la cuenta corriente consignada en la misma, dentro del término de tres días, contados a partir de la fecha de su notificación.
Antecedentes
El alcalde de Cayambe, William Perugachi, y el procurador síndico del cabildo, Rafael Villamar presentaron el 31 de marzo de 2014 la denuncia en contra del citado medio de comunicación y su presentador Williams Alonso Ramos Potosí.
Tras la notificación a las partes involucradas, el 11 de abril se realizó la audiencia de sustanciación, en la cual las partes expusieron sus pruebas de cargo y descargo, en conformidad a lo estipulado por el artículo 14 del Reglamento para el Procesamiento de Infracciones Administrativas a la LOC.
El denunciante aseguró que luego de solicitar al medio una copia digital de las emisiones matutina y nocturna del programa ‘Enlace Directo’, transmitido el 21 de febrero de 2014, se les entregó dos CDs con grabaciones sin audio. El pedido al medio se fundamentó, según el denunciante, en la necesidad de comprobar que durante la fecha mencionada se transmitieron dos cuñas electorales que violentaban el silencio electoral vigente.
Defensa
Por su parte, los representantes legales de ‘Mitad del Mundo TV, Cayambe Visión Canal Nueve’ certificaron la entrega de dos CDs y aseguraron que “el viernes 21 de febrero de 2014 se suscitaron problemas técnicos en el equipo de producción y grabación de Canal 9 de Cayambe”, ocasionados por una sobrecarga eléctrica.
Luego del análisis de los elementos jurídicos, la Supercom determinó que “los problemas técnicos en el equipo de producción y grabación” argumentados por ‘Mitad del Mundo TV’ no se ajustan a la figura de fuerza mayor y por tanto no constituye legal y debida justificación que lo exima del cumplimiento del artículo 91 de la LOC. Este obliga a todos los medios de radiodifusión sonora y de televisión grabar y conservar hasta por 180 días toda la programación y publicidad emitida, siendo responsabilidad del medio tomar todas las medidas del caso.
Fuente: Diario La Hora